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Què és la Junta Electoral Central?
divendres 20/maig/2011 - 08:05 484 1
Copio literalment de la seva web.
I opino que aquests senyors haurien de plegar en ple perquè no respecten els drets dels ciutadans i estan a punt de crear un problema d'ordre públic de l'hòstia. Es que ni saben ser conservadors aquesta gent.
La Administración Electoral tiene por finalidad garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad, y está integrada por la Junta Electoral Central, las Juntas Electorales Provinciales, las Juntas Electorales de Zona y, en su caso, las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma, asà como por las Mesas Electorales.
La Junta Electoral Central es el órgano superior de la Administración Electoral y es el único órgano permanente de la misma.
Composición
• Ocho Vocales Magistrados del Tribunal Supremo, designados mediante insaculación por el Consejo General del Poder Judicial.
• Cinco Vocales Catedráticos de Derecho o de Ciencias PolÃticas y de SociologÃa, en activo, designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Congreso de los Diputados.
• Actúa como Secretario de la Junta Electoral Central el Secretario General del Congreso de los Diputados.
• Forma parte también de la Junta Electoral Central, con voz, pero sin voto, el Director de la Oficina del Censo Electoral.
La designación de sus miembros debe realizarse en los noventa dÃas siguientes a la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados.
Los Vocales designados son nombrados por Real Decreto y continúan en su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral Central, al inicio de la siguiente Legislatura. Éstos eligen, de entre los Vocales de origen judicial, al Presidente y al Vicepresidente de la Junta en la sesión constitutiva que se celebrará a convocatoria del Secretario.
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